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Miércoles, 22 de Mayo de 2013

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Dirección Ejecutiva Correo electrónico

La Dirección Ejecutiva es responsable del macro-proceso de Gestión Estratégica Institucional, que se estructura con los procesos de Direccionamiento Estratégico; Relacionamiento y Participación con involucrados internos y externos; Coordinación, monitoreo y seguimiento de la gestión de los procesos; Revisión y aprobación de productos y servicios de acuerdo a su ámbito; Evaluación de la gestión de los procesos; y Mejora de la Gestión en los procesos a su cargo.

Misión:

Gestionar administrativa, económica y técnicamente el INEC en forma eficiente y eficaz mediante la aplicación de políticas, normas y estrategias que permitan lograr el cumplimiento de la misión y visión institucional.

El ámbito de acción y jurisdicción es nacional en la cual se orienta y conduce la actividad del Instituto. Funciona bajo la autoridad de un Director Ejecutivo, nombrado por el Presidente de la República, de una terna presentada a su consideración por el Presidente del Consejo Nacional de Estadística y Censos - CONEC. Además, actuará como Secretario del CONEC, de conformidad con la Ley.

Somos

Atribuciones y Responsabilidades

El/la Director/a Ejecutivo/a tendrá el rango de Subsecretario de Estado, conforme al Decreto Ejecutivo No. 195 de los Lineamientos Estructurales para organizar las unidades administrativas en los niveles de dirección, asesoría, apoyo y operativo de los Ministerios de Coordinación y Sectoriales, Secretarías e Institutos Nacionales pertenecientes a la Función Ejecutiva,  Art. 6.

Además, de las atribuciones y responsabilidades enmarcadas en el Art. 12 de la Ley de Estadística, se señalan las siguientes:

  • Diseñar, fijar, dirigir y controlar las políticas específicas del Instituto, de conformidad con la legislación aplicable, los propósitos de la Política Nacional de Estadística, así como emitir las disposiciones de carácter general, normas, lineamientos y políticas en el ejercicio de las atribuciones que conforme a las leyes competan al Instituto, excepto aquellas que por Ley correspondan al Consejo Nacional de Estadística y Censos;
  • Cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos, decretos, políticas y resoluciones vigentes aplicables a la Institución;
  • Administrar la Organización gestionando el aprovechamiento de los recursos disponibles;
  • Determinar en coordinación con los diferentes procesos de la Institución, las políticas institucionales que deben seguirse para el adecuado desenvolvimiento del INEC;
  • Expedir resoluciones de carácter interno que normen la gestión institucional;
  • Representar legal, judicial y extrajudicialmente a la Institución;
  • Dirigir y supervisar la ejecución de los procesos y subprocesos de la Entidad y velar por su correcto funcionamiento técnico y administrativo;
  • Proponer al Consejo Nacional de Estadística y Censos los proyectos e iniciativas de decretos, acuerdos y demás ordenamientos jurídicos necesarios en relación con los asuntos de competencia del Instituto;
  • Actuar como Secretario Técnico del Consejo Nacional de Estadística y Censos de conformidad con lo establecido en la Ley de Estadística;
  • Aprobar y supervisar la ejecución de los programas de entrenamiento, formación, capacitación y desarrollo del personal del INEC;
  • Establecer un plan de corto y mediano plazo que permita maximizar los ingresos propios, los provenientes de la venta de información estadística y servicios técnicos, y, canalizar la investigación y desarrollo científico del Instituto;
  • Proponer al Consejo Nacional de Estadística y Censos, las políticas y acciones que requiera el Instituto para el cumplimiento del Plan Nacional de Estadística;
  • Suscribir en el ámbito de su competencia de conformidad con las disposiciones legales aplicables e instrumentos internacionales; tales como convenios, asociaciones, acuerdos a formalizarse con los organismos internacionales;
  • Aprobar los Planes, Reglamentos, Estatutos, Resoluciones y demás normas que permitan el funcionamiento del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos;
  • La planificación y ejecución de los Censos será designado por el/la Director/a Ejecutivo/a a la Dirección que le compete de acuerdo a su ámbito estadístico;
  • El/La Director/a Ejecutivo/a podrá delegar sus facultades a servidores del INEC, cuando no se trate de facultades indelegables por disposición legal, sin perder por ello la capacidad de su ejercicio directo. Toda delegación de facultades deberá efectuarse mediante resolución escrita;
  • Nombrar, remover y contratar al personal del INEC; de acuerdo a las normas legales correspondientes;
  • Integrar los comités establecidos por leyes y reglamentos institucionales;
  • Legalizar los diversos actos administrativos; y,
  • Las demás que determinen las leyes, reglamentos, decretos y normativas que rige al INEC.
 

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1800 08-08-08 / 254 4326 / 252 9858 / inec@inec.gob.ec

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