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Lunes, 20 de Mayo de 2013

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Consejo Nacional de Estadísticas y Censos CONEC Correo electrónico

El Consejo Nacional de Estadística y Censos (CONEC) es responsable del macro-proceso de Direccionamiento Legislativo, que se estructura con los procesos de Definición y aprobación de directrices y políticas de la estadística a nivel nacional; y de Control y aprobación de las investigaciones estadísticas del SEN.

Misión

Orientar, supervisar, controlar y aprobar las gestiones del Instituto Nacional de Estadística y Censos y del Sistema Estadístico Nacional - SEN, mediante políticas, directrices, aprobación de productos y servicios y obtención de recursos para sus competencias.

Somos

Atribuciones y Responsabilidades:

El CONEC ejercerá las siguientes atribuciones y responsabilidades establecidas en el Art. 7 de la Ley de Estadística vigente:

  • Supervisar el funcionamiento del Instituto Nacional de Estadística;
  • Dictaminar sobre el Programa Nacional de Estadística que debe ser presentado por el Instituto nacional de Estadística y Censos;
  • Disponer la realización de censos nacionales y aprobar los planes y presupuestos correspondientes;
  • Obtener financiamiento para la ejecución de los trabajos del Instituto Nacional de Estadística y Censos;
  • Aprobar los proyectos de Convenios de Asistencia Técnica y Financiera con Organismos Nacionales o Internacionales especializados, que se sometan a su consideración;
  • Autorizar al Instituto Nacional de Estadística y Censos, y a las entidades sujetas al Sistema Estadístico Nacional, la realización de las investigaciones estadísticas no contempladas en el Programa Nacional de Estadística y las especializadas patrocinadas por entidades y organismos nacionales o extranjeros;
  • Resolver los asuntos elevados a consulta por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, y absolver las consultas que se sometan a su consideración por otras entidades del Sistema Estadístico Nacional;
  • Proponer a las autoridades competentes los cambios necesarios en las dependencias de la Administración Pública, para el mejor funcionamiento del Sistema Estadístico Nacional;
  • Someter a consideración del Organismo Legislativo pertinente, los proyectos de reformas legales que considere necesarios para el cumplimiento de los objetivos de esta Ley;
  • Expedir los reglamentos internos para la aplicación de esta Ley; y,
  • Las demás atribuciones que legalmente le correspondan.
 

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